sábado, 8 de julio de 2023

Opinión. La Constitución colombiana más revolucionaria del siglo XIX fue federalista

 Opinión

La Constitución colombiana más revolucionaria del siglo XIX, fue federalista

Por: Luis Carlos Pulgarín Ceballos*


 Aunque la historia reconoce a Tomas Cipriano de Mosquera como el precursor de la Constitución más avanzada del siglo XIX, debemos ser justos y afirmar que muy seguramente esta Constitución, o no hubiere existido o, se hubiere tardado un poco más en existir sin la acción valiente de Juan José Nieto, primer y único presidente afrodescendiente de Colombia (1861). Nieto (además primer novelista colombiano), fue en realidad quién se adelantó en darle un golpe de Estado al gobierno del conservador Mariano Ospina Rodríguez, proclamándose presidente de la Confederación Granadina en su calidad de Gobernador y presidente del Estado Soberano de Bolívar, para luego cederle el solio presidencial a Mosquera.

La historia suele decir que, de un solo tajo Mosquera pasó de ser gobernador rebelde del Cauca a ser presidente de Colombia, pero esta es una verdad a medias, pues en este trayecto fue invaluable la acción decidida y cómplice que Juan José Nieto le prodigara en su empeño rebelde y sin la cual, seguramente, el líder caucano hubiera podido fracasar en su ambición golpista y, por ende, no hubiese sido posible la Constitución de Río Negro (1863). La verdad sea dicha.

Pero bueno, estos contextos los abordaremos en otros escritos, por ahora vamos al grano: La Constitución de 1863.

Como todas las constituciones de dicho siglo, producto de una guerra civil (Guerra Magna, 1860 a 1862), que como ya lo expresamos concluyó con un golpe de estado a un gobierno conservador. Una guerra civil donde las insurgencias de la época, guerrillas -en este caso liberales-, salieron triunfantes y se hicieron al poder. Estas guerras civiles se presentaban, entre otros motivos porque: Las guerras mismas se habían convertido en un medio para ascender y/o conquistar el poder político; también por la existencia de la injusticia social y política; así como la carencia de desarrollo de industrias en un país gobernado por militares terratenientes y finqueros en alianza con la iglesia católica que se negaban a la modernización del país, al desarrollo de nuevas formas de intercambio comercial, igualmente porque su poder político -y poder religioso en el caso de la iglesia católica-, dependía de la especulación que hacían con los conflictos sociales y las necesidades básicas de los más pobres o clases menos favorecidas (tal cual sigue siendo ahora).

Frente a este panorama, entonces, tras cada guerra civil, los vencedores tendían a cambiar de Constitución para imponer una propia, lo cual no siempre significaba un cambio democrático y/o un avance hacía la equidad y la justicia social, por el contrario podían ser constituciones retardatarias, autoritarias y presentar criminales retrocesos para las libertades y la democracia del país, tal y como sucedió con la Constitución de 1886 que nos significó vivir en el represivo medio evo, un oscurantismo político, religioso, social y económica por más de 105 años, hasta 1991. 

Esta Constitución de 1886, redactada a cuatro manos, entre Rafael Núñez y Miguel Antonio Caro, a conveniencia conservadora, nos servirá entonces para ilustrarnos sobre los avances y postulados nobles de la Constitución federalista de 1863 (Constitución para “ángeles” opinaría el novelista francés Víctor Hugo, exaltándola como una carta magna generosa e ideal para los colombianos).

La Constitución de 1863, empecemos por su parte dogmática, se erigió como una bitácora nacional laica, no fue redactada en “el nombre de Dios”, como lo habían sido las anteriores y como volvería a redactarse la de 1886 desde el fuero religioso godo de Miguel Antonio Caro y los compromisos adquiridos por Núñez con el Vaticano, a razón de que le tramitarán un divorcio para él poder llevar como primera dama de su gobierno, a la cartagenera Soledad Román, quien hasta entonces habría sido su amante (esto último lo digo pero no lo sostengo). 

Desde su precepto laico, en el nombre del pueblo, la Constitución de 1863 le quitó bastantes poderes a la iglesia católica que se erigía como la única institución con autoridad y/o derecho para administrar la fe y la espiritualidad en la nación y abrió la puerta para la aceptación y la práctica de otros credos, tal y como debe ser en una democracia.

Igualmente, expropió a dicha iglesia (con inmenso poder terratenientes en esa época), de grandes propiedades -muebles, inmuebles, semovientes- y latifundios, llamados para entonces “bienes de manos muertas”, y se subastaron entre más de 4 mil nuevos propietarios. Se puede presumir que muchas personas a quienes la iglesia habría embargado por deudas, recuperaron sus propiedades. Hasta esa fecha, pues, la iglesia católica tuvo poder de banco y usurero prestamista. También perdería poder, la iglesia, en los predios de la educación donde imperaba con su filosofía doctrinal y doctrinante, al menos por los 28 años que duró dicha Constitución, hasta 1886, la educación pasaría a ser laica, basada en las ciencias modernas y no desde la dogmática bíblica.

Veamos, desde la visión de Salomón Kalmanovitz una síntesis de los aspectos más relevantes de dicha Constitución: “Se abolió la pena de muerte, se establecieron los jurados de conciencia y se otorgaron plenas garantías a los ciudadanos. Se consolidó la separación de Iglesia y Estado, cuando ya se habían confiscado los bienes de manos muertas que poseía el clero, explotados por siervos de la gleba; estos bienes se subastaron, obteniéndose cuantiosos recursos que fortalecieron al gobierno central.

El librecambio produjo excelentes resultados: las exportaciones pasaron de 3 millones de dólares anuales en 1850 a 20 millones en la década de 1870, diversificándose crecientemente: tabaco, añil, palo del Brasil, quina, cueros y el café que se cultivaba en Pamplona y salía por Cúcuta hacia el lago de Maracaibo. La mayor parte de las exportaciones se comportó de manera volátil; algunas fueron desplazadas por la química moderna y otras se acabaron porque el país era feudal, su productividad baja y la calidad de sus productos deficiente”.

 

Estado Federal

Pero, sin duda alguna el centro de dicha Constitución fue la del establecimiento, en su parte orgánica, de un Estado Federado, y así lo relata Juan Carlos Henao: “Los Estados Unidos de Colombia, como se llamó el país a partir de 1863, establecieron una confederación de nueve Estados soberanos con una gran autonomía en la cual pocas funciones correspondían al Gobierno Central y las demás a los Estados que integraban la federación. Cada Estado tenía rentas, potestad legislativa y gobierno propio debiendo ser, eso sí, “popular, electivo, representativo, alternativo y responsable”. Los nombramientos de los secretarios de Estado (hoy ministros), de los agentes diplomáticos y de los jefes militares se sometían a la aprobación del Senado, que también elaboraba una lista de candidatos para que el Presidente eligiera el General en Jefe del Ejército nacional. En un tema que es de vital importancia en nuestros días, los Estados tenían a su cargo la conservación de la paz en sus territorios, y para ello podían tener fuerza pública, permitiéndose la existencia de políticas regionales de paz, lo cual en estos momentos parece impensable, incluso subversivo”.

En dicho Estado federado “se estableció un catálogo de libertades individuales que situó a Colombia a la vanguardia jurídica y política de la época en donde, por ejemplo, se consagró la libertad de palabra, la libertad “absoluta” de prensa, la de pensamiento; se incorporó el derecho de gentes a la legislación nacional para poner término a las guerras civiles por medio de tratados entre los beligerantes –no se les llamaba delincuentes o enemigos–, con la advertencia de que “deberán respetar las prácticas humanitarias de las naciones cristianas y civilizadas”; se eliminaron privilegios y distinciones como la del fuero para los sacerdotes” también, “se contempló la abolición de monopolios y se instauró el libre cambio económico”.

Todo esto se perdería con la llegada de la dictadura de Núñez y su predecesor Caro, en palabras de Juan Carlos Henao: “La Constitución de 1886, cuyos padres fueron Rafael Núñez y Miguel Antonio Caro, trajo a nuestro país los principios del Movimiento de la Regeneración: un Estado centralista, autoritario, vinculado orgánicamente con la Iglesia católica y restrictivo de las libertades públicas”.

Y para Kalmanovitz: “Todos estos avances en democracia, en economía y en educación fueron borrados con sangre por la Constitución de 1886, cuya implantación provocó tres guerras civiles. Su redactor fue Miguel Antonio Caro, hombre tan pío como despótico. El gobierno central se tornó autoritario, basado en una presidencia imperial con período de seis años, elegida de manera indirecta. El Legislativo surgía también de convenciones cerradas de delegados, todos conservadores. Los estados soberanos fueron robados de su autonomía y recursos fiscales que fueron gastados arbitrariamente, desconociendo las necesidades de los municipios y de las regiones. Gobernadores y alcaldes eran nombrados a dedo por el poder central. La economía se resintió con las guerras, la inflación desaforada y la persecución contra los empresarios, generalmente liberales.

La educación fue impartida bajo la dirección de la Iglesia, que prohibió la enseñanza de la ciencia y desarrolló el aprendizaje basado en la memorización, la represión y la obediencia ciega. Así, el país retornó a la Edad Media”.

No es descabellado, entonces, que en Colombia haya una amplia franja política considerando la posibilidad de volver a ser un Estado Federado que libere al país del déspota centralismo con el cual se castigan las regiones y departamentos más alejados, dejándolos en el más completo abandono, y a pesar de que estos le renten cuantiosas sumas al presupuesto de la nación. Una franja política que piense en superar el autoritarismo y el presidencialismo que ha asfixiado al país durante más de 135 años (desde 1886). Y que esta franja política esté En Marcha, pensándose muy bien cuáles serían los límites de ese país federado que promueven, con un claro “manual de funciones” que asignarían derechos de autonomía administrativa a los departamentos pero también limites o responsabilidades, dejando potestades administrativas nacionales al presidente del país -por ejemplo: el manejo de la seguridad nacional-; también respetando la acción legislativa del Congreso como órgano articulador de toda norma nacional y, sobre todo, respetando la majestad de la justicia.

Fuentes importantes:

“El ideario de la Constitución de 1863 no ha muerto”, Juan Carlos Henao, en Periódico El Tiempo. (Archivos Internet)

“La Constitución de Rionegro”, Salomón Kalmanovitz en Periódico El Espectador. (Archivos Internet)

*Luis Carlos Pulgarín Ceballos. Nombrado Embajador del idioma español, por La Fundación César Egido Serrano y el Museo de la Palabra en sesión plenaria, Madrid, España, febrero de 2018. Comunicador Social (egresado UNAD); Abogado (egresado IUC). Defensor de Derechos Humanos, Periodista y escritor de oficio.  Diplomado en: MASC, Conciliación en Derecho y Amigable Composición; Acción para la Paz CAPAZ (ESAP); Justicia Transicional (IUC); Gerencia Cultural (Fundación Universitaria JFKennedy), y Liderazgo Social y Político (U. Autónoma de Colombia). Estudios de Conciliación en Equidad (Min Interior Colombia); Resolución Pacífica de Conflictos (Robert Fisher de la U, de Harvard); Dramaturgia Cinematográfica (U. Latina de Panamá); entre otros estudios de Derechos Humanos, periodismo radial, teatro, literatura, libretos para cine y televisión.

Premio Nacional de Dramaturgia Para Niños 2001. Premio Nacional “Poesía Capital”, Casa de Poesía Silva, 2005. Beca IDCT Creación en Teatro 2002. Premio (compartido) en concurso nacional de proyectos para televisión “No se le arrugue” de Producciones PUNCH, año 2000. Creativo y Libretista programa Planeta Niños, nominado por el periódico El Tiempo, como mejor programa infantil, de la televisión colombiana en 2004. Segundo Lugar III Concurso de Cuento Eutiquio Leal – U. Autónoma de Colombia y Taller de Escritores Gabriel García Márquez, Bogotá 2012. Ganador del Concurso Tertulias a la Francesa con el proyecto “las bodas de Fígaro”;  Fundalectura y Embajada de Francia, 2006. Invitado especial de la 3ª. Feria Internacional del Libro del Zócalo, México D.F., en el marco del proyecto “Bogotá suena – ciudad invitada de honor”, año 2003.