Opinión
La Constitución
colombiana más revolucionaria del siglo XIX, fue federalista
Por: Luis Carlos Pulgarín Ceballos*
La historia suele decir
que, de un solo tajo Mosquera pasó de ser gobernador rebelde del Cauca a ser presidente
de Colombia, pero esta es una verdad a medias, pues en este trayecto fue
invaluable la acción decidida y cómplice que Juan José Nieto le prodigara en su
empeño rebelde y sin la cual, seguramente, el líder caucano hubiera podido
fracasar en su ambición golpista y, por ende, no hubiese sido posible la
Constitución de Río Negro (1863). La verdad sea dicha.
Pero bueno, estos
contextos los abordaremos en otros escritos, por ahora vamos al grano: La
Constitución de 1863.
Como todas las
constituciones de dicho siglo, producto de una guerra civil (Guerra Magna, 1860
a 1862), que como ya lo expresamos concluyó con un golpe de estado a un
gobierno conservador. Una guerra civil donde las insurgencias de la época, guerrillas
-en este caso liberales-, salieron triunfantes y se hicieron al poder. Estas
guerras civiles se presentaban, entre otros motivos porque: Las guerras mismas
se habían convertido en un medio para ascender y/o conquistar el poder político;
también por la existencia de la injusticia social y política; así como la
carencia de desarrollo de industrias en un país gobernado por militares
terratenientes y finqueros en alianza con la iglesia católica que se negaban a
la modernización del país, al desarrollo de nuevas formas de intercambio
comercial, igualmente porque su poder político -y poder religioso en el caso de
la iglesia católica-, dependía de la especulación que hacían con los conflictos
sociales y las necesidades básicas de los más pobres o clases menos favorecidas
(tal cual sigue siendo ahora).
Frente a este panorama,
entonces, tras cada guerra civil, los vencedores tendían a cambiar de
Constitución para imponer una propia, lo cual no siempre significaba un cambio
democrático y/o un avance hacía la equidad y la justicia social, por el
contrario podían ser constituciones retardatarias, autoritarias y presentar
criminales retrocesos para las libertades y la democracia del país, tal y como
sucedió con la Constitución de 1886 que nos significó vivir en el represivo
medio evo, un oscurantismo político, religioso, social y económica por más de
105 años, hasta 1991.
Esta Constitución de
1886, redactada a cuatro manos, entre Rafael Núñez y Miguel Antonio Caro, a
conveniencia conservadora, nos servirá entonces para ilustrarnos sobre los
avances y postulados nobles de la Constitución federalista de 1863 (Constitución
para “ángeles” opinaría el novelista francés Víctor Hugo, exaltándola como una
carta magna generosa e ideal para los colombianos).
La Constitución de
1863, empecemos por su parte dogmática, se erigió como una bitácora nacional
laica, no fue redactada en “el nombre de Dios”, como lo habían sido las anteriores
y como volvería a redactarse la de 1886 desde el fuero religioso godo de Miguel
Antonio Caro y los compromisos adquiridos por Núñez con el Vaticano, a razón de
que le tramitarán un divorcio para él poder llevar como primera dama de su
gobierno, a la cartagenera Soledad Román, quien hasta entonces habría sido su
amante (esto último lo digo pero no lo sostengo).
Desde su precepto
laico, en el nombre del pueblo, la Constitución de 1863 le quitó bastantes
poderes a la iglesia católica que se erigía como la única institución con autoridad
y/o derecho para administrar la fe y la espiritualidad en la nación y abrió la
puerta para la aceptación y la práctica de otros credos, tal y como debe ser en
una democracia.
Igualmente, expropió a dicha
iglesia (con inmenso poder terratenientes en esa época), de grandes propiedades
-muebles, inmuebles, semovientes- y latifundios, llamados para entonces “bienes
de manos muertas”, y se subastaron entre más de 4 mil nuevos propietarios. Se
puede presumir que muchas personas a quienes la iglesia habría embargado por
deudas, recuperaron sus propiedades. Hasta esa fecha, pues, la iglesia católica
tuvo poder de banco y usurero prestamista. También perdería poder, la iglesia, en
los predios de la educación donde imperaba con su filosofía doctrinal y
doctrinante, al menos por los 28 años que duró dicha Constitución, hasta 1886,
la educación pasaría a ser laica, basada en las ciencias modernas y no desde la
dogmática bíblica.
Veamos, desde la visión de Salomón Kalmanovitz una síntesis de
los aspectos más relevantes de dicha Constitución: “Se abolió la pena de muerte, se
establecieron los jurados de conciencia y se otorgaron plenas garantías a los
ciudadanos. Se consolidó la separación de Iglesia y Estado, cuando ya se habían
confiscado los bienes de manos muertas que poseía el clero, explotados por
siervos de la gleba; estos bienes se subastaron, obteniéndose cuantiosos
recursos que fortalecieron al gobierno central.
El librecambio produjo excelentes resultados: las
exportaciones pasaron de 3 millones de dólares anuales en 1850 a 20 millones en
la década de 1870, diversificándose crecientemente: tabaco, añil, palo del
Brasil, quina, cueros y el café que se cultivaba en Pamplona y salía por Cúcuta
hacia el lago de Maracaibo. La mayor parte de las exportaciones se comportó de
manera volátil; algunas fueron desplazadas por la química moderna y otras se
acabaron porque el país era feudal, su productividad baja y la calidad de sus
productos deficiente”.
Estado Federal
Pero, sin duda alguna el centro de dicha Constitución
fue la del establecimiento, en su parte orgánica, de un Estado Federado, y así
lo relata Juan Carlos Henao: “Los Estados Unidos de
Colombia, como se llamó el país a partir de 1863, establecieron una
confederación de nueve Estados soberanos con una gran autonomía en la cual
pocas funciones correspondían al Gobierno Central y las demás a los Estados que
integraban la federación. Cada Estado tenía rentas, potestad legislativa y
gobierno propio debiendo ser, eso sí, “popular, electivo, representativo,
alternativo y responsable”. Los nombramientos de los secretarios de Estado (hoy
ministros), de los agentes diplomáticos y de los jefes militares se sometían a
la aprobación del Senado, que también elaboraba una lista de candidatos para
que el Presidente eligiera el General en Jefe del Ejército nacional. En un tema
que es de vital importancia en nuestros días, los Estados tenían a su cargo la
conservación de la paz en sus territorios, y para ello podían tener fuerza
pública, permitiéndose la existencia de políticas regionales de paz, lo cual en
estos momentos parece impensable, incluso subversivo”.
En dicho
Estado federado “se estableció un catálogo de libertades individuales que
situó a Colombia a la vanguardia jurídica y política de la época en donde, por
ejemplo, se consagró la libertad de palabra, la libertad “absoluta” de prensa,
la de pensamiento; se incorporó el derecho de gentes a la legislación nacional
para poner término a las guerras civiles por medio de tratados entre los
beligerantes –no se les llamaba delincuentes o enemigos–, con la advertencia de
que “deberán respetar las prácticas humanitarias de las naciones cristianas y
civilizadas”; se eliminaron privilegios y distinciones como la del fuero para
los sacerdotes” también, “se contempló la abolición de monopolios y se
instauró el libre cambio económico”.
Todo esto
se perdería con la llegada de la dictadura de Núñez y su predecesor Caro, en
palabras de Juan Carlos Henao: “La Constitución de 1886, cuyos padres fueron
Rafael Núñez y Miguel Antonio Caro, trajo a nuestro país los principios del Movimiento
de la Regeneración: un Estado centralista, autoritario, vinculado orgánicamente
con la Iglesia católica y restrictivo de las libertades públicas”.
Y para Kalmanovitz: “Todos estos avances en
democracia, en economía y en educación fueron borrados con sangre por la
Constitución de 1886, cuya implantación provocó tres guerras civiles. Su
redactor fue Miguel Antonio Caro, hombre tan pío como despótico. El gobierno
central se tornó autoritario, basado en una presidencia imperial con período de
seis años, elegida de manera indirecta. El Legislativo surgía también de
convenciones cerradas de delegados, todos conservadores. Los estados soberanos
fueron robados de su autonomía y recursos fiscales que fueron gastados
arbitrariamente, desconociendo las necesidades de los municipios y de las
regiones. Gobernadores y alcaldes eran nombrados a dedo por el poder central.
La economía se resintió con las guerras, la inflación desaforada y la
persecución contra los empresarios, generalmente liberales.
La educación fue impartida bajo la dirección de la
Iglesia, que prohibió la enseñanza de la ciencia y desarrolló el aprendizaje
basado en la memorización, la represión y la obediencia ciega. Así, el país
retornó a la Edad Media”.
No es descabellado, entonces, que en Colombia haya
una amplia franja política considerando la posibilidad de volver a ser un
Estado Federado que libere al país del déspota centralismo con el cual se
castigan las regiones y departamentos más alejados, dejándolos en el más
completo abandono, y a pesar de que estos le renten cuantiosas sumas al
presupuesto de la nación. Una franja política que piense en superar el
autoritarismo y el presidencialismo que ha asfixiado al país durante más de 135
años (desde 1886). Y que esta franja política esté En Marcha,
pensándose muy bien cuáles serían los límites de ese país federado que promueven,
con un claro “manual de funciones” que asignarían derechos de autonomía
administrativa a los departamentos pero también limites o responsabilidades,
dejando potestades administrativas nacionales al presidente del país -por
ejemplo: el manejo de la seguridad nacional-; también respetando la acción
legislativa del Congreso como órgano articulador de toda norma nacional y, sobre
todo, respetando la majestad de la justicia.
Fuentes importantes:
“El ideario de la Constitución de 1863 no ha muerto”, Juan Carlos Henao, en
Periódico El Tiempo. (Archivos Internet)
“La Constitución de Rionegro”, Salomón Kalmanovitz
en Periódico El Espectador.
(Archivos Internet)
*Luis Carlos Pulgarín Ceballos. Nombrado Embajador del idioma
español, por La Fundación César Egido Serrano y el Museo de la Palabra en
sesión plenaria, Madrid, España, febrero de 2018. Comunicador Social (egresado
UNAD); Abogado (egresado IUC). Defensor de Derechos Humanos, Periodista y
escritor de oficio. Diplomado en: MASC, Conciliación en Derecho y Amigable
Composición; Acción para la Paz CAPAZ (ESAP); Justicia Transicional (IUC);
Gerencia Cultural (Fundación Universitaria JFKennedy), y Liderazgo Social y
Político (U. Autónoma de Colombia). Estudios de Conciliación en Equidad (Min
Interior Colombia); Resolución Pacífica de Conflictos (Robert Fisher de la
U, de Harvard); Dramaturgia Cinematográfica (U. Latina de Panamá); entre otros
estudios de Derechos Humanos, periodismo radial, teatro, literatura, libretos
para cine y televisión.
Premio
Nacional de Dramaturgia Para Niños 2001. Premio Nacional
“Poesía Capital”, Casa de Poesía Silva, 2005. Beca IDCT
Creación en Teatro 2002. Premio (compartido) en concurso
nacional de proyectos para televisión “No se le arrugue” de Producciones
PUNCH, año 2000. Creativo y Libretista programa
Planeta Niños, nominado por el periódico El Tiempo, como mejor programa
infantil, de la televisión colombiana en 2004. Segundo Lugar III
Concurso de Cuento Eutiquio Leal – U. Autónoma de Colombia y Taller de
Escritores Gabriel García Márquez, Bogotá 2012. Ganador del
Concurso Tertulias a la Francesa con el proyecto “las bodas de
Fígaro”; Fundalectura y Embajada de Francia, 2006. Invitado
especial de la 3ª. Feria Internacional del Libro del Zócalo, México D.F.,
en el marco del proyecto “Bogotá suena – ciudad invitada de honor”,
año 2003.
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